9.26.2008

Diario El Comercio publicó.


9.09.2008

Asambleístas utilizaron dinero del Congreso para viajes

Ex diputado Carlos Gonzáles:

"Asambleístas utilizaron dinero del Congreso para viajes"


"Los asambleístas luego de seis meses en que hicieron de todo menos aprobar un solo articulo de la nueva Carta Magna, nos entregaron un proyecto  de Constitución hecho a galope, con asesores extranjeros, mutilaciones y cambios hechos a la medida del Presidente Rafael Correa con el fin de perennizarlo en el poder, lo cual no permite al  pueblo ecuatoriano tener claro que es lo que aprobará el 28 de septiembre en el referéndum", precisó el  ex Diputado de la Izquierda Democrática, Carlos Gonzáles, en rueda de prensa brindada a los medios de comunicación.

Denunció, que los asambleístas no contentos con festinar el presupuesto de la Asamblea Constituyente, no tuvo escrúpulos en meter la mano en las partidas presupuestarias del Congreso Nacional, financiando viajes y viáticos a Sudáfrica y Venezuela a los asambleístas César Rodríguez y Lenín Hurtado por un monto de más de 20.000 dólares lo cual en derecho se llama peculado.

CASO AGD

El ex diputado Gonzáles evidenció, que la reunión de la AGD en donde se nombró como su principal al señor Carlos Bravo, es ilegal y carece de validez, toda vez que el secretario en ese entonces ya había sido liquidado y no era empleado de la Agencia de Garantías de Depósitos y se le pidió hacer caso omiso a aquello y que siga actuando como tal.

"La acta de esa reunión además no tiene la firma del Presidente de la AGD, Econ. Fausto Ortiz, quien se negó a firmar, lo que indica que dicha acta y todo lo actuado es de nulidad absoluta, porque la ley de AGD es clara y  establece que cualquier resolución debe tener la firma del su presidente", dijo.

Expresó, que se ha creado un gran alboroto por el tema de Filanbanco cuando a quienes se les debe en realidad es a los depositantes del Banco La Previsora, y se anuncia que se procederá a la devolución de 17 millones de dólares a los depositantes, cuando este gobierno por resolución de la Junta Bancaria pretende devolver 16 millones de dólares a Rubén Rodríguez Jiménez,  presidente ejecutivo de AUTOSUECO sin razón alguna, y solo cuenta el hecho de que el beneficiario es muy amigo Fabricio Correa, y no se considera que con dicha cantidad se podría pagarles sus acreencias a 62 mil perjudicados del Banco La Previsora, no de Filanbanco.

Finalmente reveló, que Patricio Zambrano Restrepo, miembro del directorio de la AGD, nombrado por el Presidente de la República, es además miembro del directorio de Transelectric nombrado por el Fondo Solidaridad y Parlamentario Andino en funciones, recibiendo sueldo del Estado a través del Congreso Nacional y dietas en las otras instituciones, lo cual 

9.04.2008

EMPLEADOS DE ROCAFUERTE SEGUROS PIDEN INMEDIATA DESINCAUTACIÓN


En Rueda de Prensa, los empleados de Rocafuerte Seguros, empresa incautada por la AGD, presentaron un manifiesto solitando la desincautación de la compañía por el acelerado deterioro que ha sufrido en los dos meses posteriores a la incautación.



Extraido de El Universo, 4 de Septiembre del 2008

8.20.2008

PARO DE TRABAJADORES EN LA TRONCAL

Diario El Comercio, 20 de Agosto del 2008.

Miercoles 20 de Agosto. Diario HOY publicó.

Miercoles

8.07.2008

Entrevista a una "Incautada"

"No hay proyectos, no hay comunicación"
6 Aug 08

Junten sus manos y digan: "Señor Dios, gracias por los blogs. Amén.". Los blogs como lo dije en su momento son maravillosos: conectan con gente que sólo sabemos que existen detrás del teclado, si es que no es algún bot maligno tratando de capturar nuestras claves y nuestra información. Adicionalmente, permiten publicar cosas que normalmente uno no leería. Y permite al autor jugar al periodista. He aquí un ejemplo.
Bueno, el hecho es que hice contacto con una persona que labora en una de las empresas incautadas. Por proteger su identidad y la de la empresa en la que labora, diremos que se trata de Panchita, y que labora en la empresa INCAUTADA. Aquí el juego de preguntas y respuestas. Y ojo que no me he inventado las respuestas. Hice la entrevista por mail, por si acaso alguien considera que soy "una maniobra de la partidocracia".}

1.- Ya ha pasado un mes desde las incautaciones a las empresas, - ¿Cuál es tu posición personal con respecto a las incautaciones?Son pretextos para meter gente a dedo en las empresas que nos han costado a todos levantar, para que vengan a ocupar puestos, en algunos casos en cargos que ya existen, con sueldos que no compensan el conocimiento palpado por los empleados. Digo palpado porque no ha llegado a Recursos Humanos un solo curriculum vitae de ninguno de los que ahora han invadido nuestro trabajo. Peor aún pensar por alguna prueba de aptitud o psicológica a las cuales todos fuimos sometidos al momento de ingresar a la empresa.
2.- ¿cuál es el ambiente laboral actualmente, en comparación con la administración anterior?No hay proyectos. No hay comunicación. No es sano venir a trabajar todos los días, y ver caras nuevas esperando hablar con el nuevo administrador. Algunos no son de saco y corbata, sino personas comunes con maletines y carpetas en su regazo. ¿Qué podemos pensar? Mucho más ayer cuando se le ordenó a la encargada de Recursos Humanos que enrole a 3 personas que no van a ser gerentes, sino con cargos medios, quienes entre los 3 van a significar un desembolso de la empresa de $4,700 dólares americanos mensuales. Así también, sin ningún respaldo a nivel de currículum. Cabe recalcar que uno de ellos, fue atrapado jugando solitario durante toda una mañana. Tengo pruebas en cuanto a congelamiento de pantalla y fotos. Tengo fotos que lo comprueban, fotos que le enseñamos al nuevo administrador temporal para que vea cómo trabajan sus eficientes empleados, "está fuera" dijo con voz de mando y coraje, pero lo seguimos viendo aquí, habiendo pasado ya una semana luego de la "orden".4.- ¿Han visto, tu o tus compañeros, respaldos a su estabilidad laboral?Nos exponen a los 4 vientos que vamos a mantener nuestro trabajo, sin embargo, ya tenemos un cargo sobre todos que no sólo es el nuevo administrador, es un asesor de ellos a quienes todos tenemos que reportar nuestras actividades y procesos. Está en memo pegado por toda la empresa. Por este memo, ya ha sucedido que a un jefe lo irrespetaron los propios subalternos diciéndole que él ya no es su jefe, sino el nuevo asesor designado por el administrador. Están creando un caos.
Existe entre nosotros una chica que no soporta que nos roben tan descaradamente, y cuando hay que reclamar algo, lo hace sin titubear, pues el asesor legal de ellos ya ordenó al jefe de RRHH que la bote. Está loco!, eso no puede hacerse, mucho menos en este ambiente en el que nos encontramos. Pero bueno, así es el gobierno actual, si no le caes bien, te bota.
5.- ¿Está siendo coadministrada la empresa? Coadministrada por ellos mismos y a su beneficio. Cuando no está uno, está el otro. Y así se pasan el mando. Entre uno de los "mandantes" está uno a quien ni siquiera se le pudo abrir una cuenta bancaria pues es el nuevo repesentante de una de las empresa, por lo que debe tener una cuenta bancaria en donde conste como representante legal. Pues no se le pudo abrir la cuenta bancaria porque está en la central de riesgo. Con una llamada de uno de ellos, lo sacaron de la central de riesgo, y ahora ya podemos crearle la cuenta. Qué eficiencia!Otro de ellos, en una reunión con el personal, dijo que le caía mal Correa, que es más, él votó por Alvaro Noboa, y que por último, él se pone la camiseta del que le pague. No estoy midificando nada, yo no redacto el nuevo proyecto de constitución, yo digo mi realidad.
6.- ¿Qué tipo de relación tenían con los administradores anteriores? Salarios, beneficios, IESS, estaba todo en regla?Conozco que sí. El bendito tema de las tercerizadoras sí existía, por lo que nos estaban cambiando todos a las empresas con mayor movimiento. Pero afectaron a aquellos a quienes no alcanzaron a migrar. No pueden ni formar un comité de trabajo porque la ley no les permite. Son 60 personas que están en esa situación vs. a las 210 que sí estamos enrolados en la empresa. A pesar de aquello, en el comité que sí hemos podido formar, los hemos incluído a ellos para que tengan la misma seguridad que nosotros. Aquí no se trata de dividirnos, sino de defendernos a todos.
Todos estábamos afiliados al IESS. Habían beneficios por trabajar en INCAUTADA y por ser parte del grupo, bueno, de un grupo disuelto ya ahora.
Entre esos nos descontaban por rol y con los descuentos del caso de:- Fybeca- TvCable- Préstamos a la Empresa(de estos habían varios, yo nunca pedí, pero sí me enteraba que algunas personas de varios departamentos pedían préstamos y se los otorgaban)- Seguros RocafuerteEsos son los que recuerdo. Aparte habían Olimpiadas de la empresa, Canastas de fin de año y del día de la madre(esto era una tradición).
7.- ¿No se están despilfarrando recursos, cambiando de proveedores, contratando a personal nuevo? Y en estos puntos me gustaría que "pienses mal".Sí. INCAUTADA siempre se ha caracterizado por ser una empresa que cuida el centavo. Ahora tenemos a personas que llegaron de la noche a la mañana a autoasignarse sueldos alejados a la realidad laboral de la empresa. No comen en el comedor de la empresa sino que mandan a pedir combos todos los días de $4.00 cada uno. Que piden vehiculos de la empresa para uso personal, por último, siguen pidiendo más, porque los que se les dio, los está usando la AGD, y necesitan otro. Uno trajo su carro propio personal e indicó que el trabajo se lo facturen a la empresa.
Personas que no pueden ir a la sucursal en Machala en estos carros de la empresa ni en furgonetas ni en coperativas, como lo hacíamos nosotros, sino que alquilan con plata de INCAUTADA una AVIONETA para ir y venir de allá. Nunca en la vida de la empresa ha ocurrido eso, ni el dueño hizo nunca esa ridiculez. La siguiente semana se van a Brasil 3 personas de los nuevos y 2 de la empresa(1 el financiero y otro el gerente de una línea) en un viaje que sólo de pasajes son $10,000.00. Además, también va un "representante del gobierno", a mi no me van a engañar con etiquetas inventadas, ese es un amigote que se va gratis a Brasil con plata de la empresa. Y si fuera el caso, por qué no ha habido ningún representante del gobierno en las 2 semanas que han estado aquí? Por cierto, los 2 de INCAUTADA, regresan el miércoles y jueves, el resto, se queda hasta el domingo, haciendo?????
Habría que sumar la estadía, movilización allá, alimento y cualquier otro gasto que se les ocurra. Van a hablar con un proveedor de una línea que tenemos, pero que no se mueve(no entiendo por que aún no han hecho ninguna gestión con la línea ABC, XYZ-proveedor de la línea en el país-) no nos quiere despachar ni una bujía porque no les pagan las deudas, y sin embargo, la nueva chica de Relaciones Públicas -de ellos- hoy hizo una clínica de servicio, SIN STOCK, y sin siquiera preocuparse por q haya café para brindar en la cafetera).
Sé que quieren hablar con otros proveedores allá, (nunca hemos tenido estas marcas). Pregunto yo, CON QUE PLATA PIENSAN HACER NEGOCIOS INTERNACIONALES SI NO HAY? Acaso el Estado piensa meter plata? De esa manera conseguirán endeudarnos y, a la fecha que les convenga, decir que INCAUTADA estafó a sus proveedores porque les quedo debiendo plata. No defiendo a Filanbanco, pero ya voy entendiendo cómo se originan las deudas con el Gobierno. No está de más indicar que ya hablaron con uno de nuestro proveedores principales de la línea XYZ, y mágicamente a la mañana siguiente, tenemos a un empleado de XYZ (la fábrica) trabajando en nuestras oficinas.
8.- ¿Has escuchado algo sobre recuperar la empresa en la que te encuentras, ahora que se abrió el periodo para demostrar real propiedad?No sirve de nada. El dueño de INCAUTADA es Estéfano Isaías. Hijo de Emilio Isaías. Hermano de Roberto y William Isaías. Pero de qué sirve si a Estefanía Isaías(hija de Emilio Isaías) la botaron de TC por el apellido. Qué harán con éste quien es hermano de los implicados.
9.- ¿Cómo piensas votar en el referéndum?A pesar de lo expuesto, yo sí soy una persona responsable. No actúo por impulso ni por resentimiento.
El nuevo administrador es amigo directo de Rafael Correa, y puede llamarlo cuando quiera, eso nos dijo y me consta ya que he estado presente en ciertas conversaciones en que ha necesitado de su suprema y misericordiosa ayuda. La semana pasada tuvimos una reunión los empleados con este nuevo administrador. Habló pestes de su equipo de trabajo(con el que vino y sigue aquí trabajando y ayudándolo), dijo que no iba a pagar a sus asesores con plata de la empresa, y que el sueldo que él gana lo iba a igualar con el del gerente general que salió, en esta reunión también dijo que el muchacho "solitario" estaba fuera; también que dejaría a cargo a una persona de las nuestras cuando él esté en Brasil, para que así estemos más tranquilos y veamos que todos llevamos puestos la camiseta de la empresa. Saliendo de la reunión, ordenó al gerente financiero que elabore los cheques para pagar a sus asesores y dejó encargado a uno de los suyos(al que se pone la camiseta del que le pague) y que lo ayude el que, en la reunión, dijo que iba a dejar a cargo. Así actúa este gobierno. Y lo digo, porque éste administrador fue el que creó la Comisión Anticorrupción, pues para muestra, basta un botón.No he leído TODA la nueva constitución y planeo hacerlo pero ciertos artículos que no respaldan a la vida, a verdadera libertad, la familia como debe ser; no me da la confianza suficiente para arriesgar a mi familia al resentimiento de un jefe de estado improvisado e igual o peor que los anteriores ladrones, sólo que éste viene reencauchado y sin escrúpulos.
Esperando aclarar la verdad.
Panchita.
Y así me despedí de ella dándole las gracias por su tiempo y dedicación. No voy a sacar ninguna conclusión, se las dejo a ustedes.

7.30.2008

30 de julio del 2008. Diario El Comercio informa:

‘La Previsora arrastró a Filanbanco’

El juez Fernando Casares habla del fallo que llama a juicio a Juan Falconi..

 

¿Desde qué fecha la Sala tenía el proceso sobre la fusión de Filanbanco-La Previsora? Se dice que hubo un apresuramiento y dedicatoria. 



El juicio lo recibimos el 26 de octubre y en noviembre empezó a tramitarse. Ha permanecido en la Sala desde esa fecha y es obvio que las partes procesales han tendido el proceso a su disposición. De ninguna manera hubo apresuramiento de la Sala.

¿Cuántos borradores se discutió en la Sala antes de elaborar la resolución. ¿Se ha denunciado que el fallo se elaboró sin revisar los 88 cuerpos del juicio?



Por lo menos tres y en las decisiones estuvo presente el conjuez Gerardo Morales Suárez. Rechazo de la manera más enérgica esas insinuaciones de que se elaboró fuera de la Sala. La resolución es de  los tres magistrados.

¿Cuánto tiempo les tomó estudiar todo el proceso?



El juicio ha estado en estudio los últimos tres meses. Debo señalar que es un expediente que tiene  cerca de 8 000 fojas, que toma tiempo. No ha existido ningún apresuramiento ni dedicatoria.



El caso fue catalogado como trascendental, porque es una continuación del juicio madre contra los hermanos Roberto y William Isaías.



Para nosotros era un caso como cualquier otro;  no podemos hacer distinciones en cuanto a las personas, ni a los delitos.  



¿El fallo confirma  que la fusión Previsora-Filanbanco fue perjudicial y causó una pérdida de USD 800 millones  para el Estado?



Se han establecido presunciones de que hubo un mal manejo de fondos; es decir fondos que estaban bajo el control de la Agencia de Garantía de Depósitos, que tenía a su cargo Filanbanco. Esto ocurrió luego de que Filanbanco pasara de las manos de los señores Isaías al Estado. Después vino la fusión con el banco La Previsora que estaba en mal estado, quebrado. Ese mal estado financiero dio origen a que se pida préstamos a Filanbanco que nunca fueron reembolsados. Eso afectó luego la liquidez de las dos instituciones. Por eso se establece que hubo peculado porque la fusión afectó al Estado  ecuatoriano. Las autoridades de control sabían que La Previsora tenía graves problemas financieros y, sin embargo, autorizaron la fusión que, a la larga, también quebró a Filanbanco.



¿Qué otros argumentos se tomaron en cuenta para la  resolución?

Está detallado en el auto. Sin embargo, lo que sí  le puedo decir es que la fusión por si sola no constituye delito. Pero en las condiciones que se realizó es evidente que se causó un grave perjuicio al patrimonio estatal; porque se manejaron y entregaron fondos a una institución en mal estado, como era La Previsora que no pudo recuperar ese dinero. El banco  entró en un proceso de iliquidez y arrastró   a Filanbanco.
  

¿Cuál fue la participación de los ex superintendentes Juan Falconi y Jorge Guzmán, quienes han cuestionado duramente el fallo? 


Los ex superintendentes llamados a juicio dieron paso a la fusión sin reparos, a pesar de los informes técnicos.  Su actuación está vinculada al hecho delictivo, pues permitieron que la fusión no tenga el resultado adecuado.


 

7.21.2008

Entrevista a Jaime Nebot

SOLO POR JOROBAR

7.17.2008

FLACO FAVOR

Sacado del diario El Comercio

7.16.2008

Asamblea blinda confiscación de bienes

Extraído del diario El Universo 16 de julio 2008 

Sacado del diario El Comercio

7.11.2008

PERIODISTAS CHILENOS OPINAN

Libertad de prensa en Ecuador

Señor Director:
La libertad de información pasa por una nueva prueba de fortaleza e independencia en América Latina; esta vez a causa de las medidas tomadas por el gobierno ecuatoriano en contra de algunas estaciones de TV y radio.

El derecho de todo ciudadano a estar debidamente informado, a través de medios de comunicación independientes y objetivos, es esencial para la existencia de una sociedad democrática. Por lo mismo, situaciones como la comentada deben llamarnos a valorar el entorno informativo que nuestro país ha sabido desarrollar y evitar su deterioro con normas o propuestas fiscalizadoras que afectan al normal desempeño de la prensa.


Guillermo Turner
Presidente
Asociación Nacional de la Prensa

EL ESTADO SE APODERA DE LOS MEDIOS

Noticia extraída del diario Hoy, 11 de Julio del 2008:

Estado controla canales con 38,5% de audiencia

De acuerdo con los informes del Grupo Ibope TC Televisión, Gamavisión y Cablevisión abarcarían casi la mitad de la audiencia total en el país. La cifra fue dada por Lolo Echeverría, ex vicepresidente de noticias de Gamavisión. Enrique Arosemena, actual administrador de los medios, aseguró que no se utilizarían a esos canales como plataformas políticas. Diferenció a la publicidad comercial de la estatal y afirmó que la pauta publicitaria tampoco sufriría modificaciones.

Un 38,5% es el porcentaje de audiencia que abarcarían los tres canales de televisión incautados por la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD), el martes, según Lolo Echeverría, ex vicepresidente de noticias de Gamavisión.

De acuerdo con Echeverría los datos representan el porcentaje de audiencia con el que cuenta TC Televisión, Gamavisión y Cablevisión; incautados como parte del pago de una deuda de $661,5 millones que mantendría el grupo Isaías con el Estado.

A decir del ex vicepresidente de noticias, "la razón de esta medida (incautación) es contar con más espacios en la televisión, para salvar el proyecto político del Gobierno que probablemente está en peligro".

Para el ex vicepresidente de noticias, "este Gobierno ha hecho uso de los espacios en televisión más que ningún otro, por lo general transmitía sus cadenas en medio del noticiero y eso afectó a la audiencia", dijo.

Por su parte, Enrique Arosemena, administrador temporal de los canales incautados, aseguró que el Gobierno no utilizará estos medios como plataforma política pese a controlar ese porcentaje de la audiencia. Aseguró además que la pauta publicitaria tampoco sufrirá modificaciones.

Por otro lado los empleados de Gamavisión volvieron a trabajar con normalidad luego de que el martes se declararan en huelga de brazos caídos cuando delegados de la AGD sacaron del aire el noticiero de la mañana.

Después de que el noticiero saliera del aire, en Gamavisión, se puso en pantalla "Censurado". Según Echeverría fue él quien dio la orden al máster de colocar ese logo, el mismo que estuvo pocos minutos.

"En Quito duró poco tiempo porque trajeron (AGD) a gente que había trabajado mucho tiempo en Gamavisión y que conocía cómo manejar el sistema; en Guayaquil se demoraron un poco más en sacarlo", afirmó.

Baja la tensión

En Guayaquil, las molestias dentro de los medios incautados por la AGD van disminuyendo. La conciliación la buscan los recién llegados: Enrique Arosemena, administrador temporal de las 10 empresas de información; José Toledo, vicepresidente de noticias de los tres canales; y Marcelo del Pozo, nuevo gerente.

Es más, desde ayer, la supervisión que regía para los carros que ingresaban y salían de las instalaciones de las empresas quedó suspendida, pero aún los portones cuentan con el resguardo de 6 policías que se turnan.

Arosemena mantiene constantes reuniones con los gerentes y empleados. Sobre todo luego de que públicamente rectificara sobre la línea editorial que debían seguir los informativos.

En primera instancia, aseguró a los empleados de TC y Gamavisión en Quito y Guayaquil que los medios cumplirían un papel similar a Tevecuador, pero ayer dijo que no será así y que todo se debió al "cansancio" que traía consigo.

Sin embargo, no descartó una similitud al canal del Estado, especialmente en lo que se refiere al balance de la información, "para que todas las partes puedan expresar su opinión".

Pese a que Toledo es el nuevo vicepresidente de noticias, Arosemena le habría pedido a Echeverría que continuara al mando del noticiero de Gamavisión.

"Me dijo que se había equivocado en mi remoción y que quería que continuara. Le agradecí pero me negué", afirmó Echeverría.

Arosemena, al parecer, busca con esas medidas garantizar el rendimiento financiero de las empresas, para que puedan ser rematadas en un buen precio. Además, necesita que trabajen al mismo ritmo que cuando estaba en manos privadas ya que solo para sueldos TC Televisión requiere de $1 millón al mes.

"Nos han dicho que trabajemos con tranquilidad, pero eso no quiere decir que la incertidumbre haya bajado", dijo Jorge Rendón, a su llegada al canal.

Los auspiciantes

El acercamiento de Arosemena no solo se da con los colaboradores, también lo hace con los auspiciantes.

Desde ayer, Arosemena emprendió una serie de contactos con las empresas de publicidad. Todo con el fin de no perder el pautaje publicitario. "Se les ha comentado que la programación será la misma", dijo.

TC Televisión es uno de los medios más rentables del grupo ya que solo en el 2007 generó unos $57 millones en ingresos.

De hecho, se conoció que varios de los auspiciantes han enviado comunicados escritos donde muestran su preocupación por la situación actual que viven. Sobre todo por el auspicio que ofrecen a los programas de producción como Cosas de Casa, Haga Negocio Conmigo, Simplemente Mariela, entre otros.

Mientras tanto, Jaime Damerval, uno de los abogados del grupo, ya interpuso un recurso de amparo por la incautación de los canales.

En tanto que Jorge Kronfle, ex ejecutivo de TC, envió una carta a Arosemena en la que lo responsabiliza civil y penalmente por los bienes incautados, ya que no se habría realizado ningún inventario de activos. Y ratifica que la medida es arbitraria. (SDR-AIV- NMCH)

7.10.2008

AMISTAD CORREA-FALCONI AL DESCUBIERTO




GERENTE DE TC TELEVISION PRESENTA AMPARO CONSTITUCIONAL

SEÑOR JUEZ DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL .-

AB. JORGE KRONFLE BARAKAT, abogado, casado, mayor de edad, por los derechos que represento como Gerente de Cadena Ecuatoriana de Televisión C.A. Canal 10 CETV, ante usted respetuosamente digo:

RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL

De conformidad con el Artículo 95 de la Constitución Política del Estado y los Artículos 46 y siguientes de la Ley de Control Constitucional, interpongo recurso de amparo constitucional, en los siguientes términos:

I
DEL RECURRENTE Y LA AUTORIDAD RECURRIDA

1.1. El actor o recurrente es el Ab. Jorge Kronfle Barakat, por los derechos que representa como Gerente y representante legal de Cadena Ecuatoriana de Televisión C.A. Canal 10 CETV. Soy abogado, casado , mayor de edad , ejecutivo.

1.2. Las autoridad recurrida es la que suscribe la Resolución No.AGD-UIO-GG-2008-12 , en Quito el 8 de julio de 2008 : el Gerente General de la Agencia de Garantía de Depósitos AGD Dr. Carlos Bravo Macías .

II
ANTECEDENTES

2.1.- Mediante Resolución de la Junta Bancaria No. JB-98-085 de diciembre 2 de 1998, se dispuso someter a Filanbanco S.A. al proceso de restructuración del Art. 23 de la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el Área Tributario – Financiera.

2.2.- Mediante Resolución No. JB – 2004 – 469 de 30 de julio del 2002, la Junta Bancaria dispuso la liquidación de los negocios, propiedades y activos de Filanbanco S.A.

III
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

3.1. Con fecha 8 de julio del 2008, el Dr. Carlos Bravo Macías, en su calidad de Gerente General de la Agencia de Garantía de Depósitos, AGD, emitió la resolución No. AGD-UIO- GG- 2008-12, cual en su parte resolutiva, entre otros establece:

“Artículo 1.- Que por existir y haberse comprobado los casos previstos en el art. 29 de la Ley de Reordenamiento en materia económica, en el área tributario- financiera, se dispone la incautación de todos los bienes de propiedad de quienes fueron administradores y accionistas de Filanbanco S.A., hasta el 2 de diciembre de 1998, inclusive de los bienes que se tengan como de su propiedad según el conocimiento público, los mismos que serán transferidos a un fideicomiso en garantía, que se deberá constituir para ese efecto..”

“Artículo 2 .- Sobre cada uno de esos bienes se dispone, además, la prohibición de enajenar y a este efecto, se notificará a los Señores Registradores de la Propiedad y Mercantiles de todos los cantones de la República. Los bienes cuya incautación se ordena, son todos los bienes muebles o inmuebles, acciones, participaciones, derechos fiduciarios y / o títulos valores de cualquier especie, derechos de crédito, derechos litigiosos, cuentas, inversiones y depósitos de todo clase que fueren de propiedad o se tengan como de propiedad de quienes hayan sido administradores y accionistas de Filanbanco S.A. hasta el 2 de diciembre de 1998. Particularmente se ordena la incautación de las compañías de su propiedad y las que públicamente se tienen como de propiedad de esos administradores y accionistas, incluyendo todos sus activos y más bienes, entre ellos los siguientes:.. Cadena Ecuatoriana de Televisión C.A. Canal 10 CETV”,

“Artículo 4.- Se ordena la incautación hasta por la suma de 661.5 millones de dólares, de los valores que las antes citadas compañías y de quienes fueron administradores y accionistas de Filanbanco S.A. hasta el 2 de diciembre de 1998, mantengan en cualquier cuenta, depósito o inversión en las instituciones bancarias o financieras que operan en el país”

“Artículo 6.- Se autoriza a la fuerza pública la fractura de seguridades en el caso de que las empresas y bienes inmuebles a incautarse se encuentren cerradas y/o no se permita el acceso”

3.2.- Dentro de los considerandos de la resolución antes mencionada se encuentran entre los fundamentos más importantes los siguientes:

3.2.1.“Que por estar en conocimiento la Agencia de Garantía de Depósitos AGD la determinación de las pérdidas de Filanbanco S.A. , cortadas al 2 de diciembre de 1998, mismas que fueron aprobadas por la Junta Bancaria mediante resolución JB-2008-1084 del 26 de febrero del 2008.

3.2.2. “Que la determinación de las pérdidas de Filanbanco, cortadas al 2 de diciembre de 1998 ascienden a la cantidad de 661.5 millones de dólares, conforme lo establece el artículo 2 de la resolución de Junta Bancaria número JB-2008-1084 del 26 de febrero del 2008”

3.2.3.”Que la declaración de patrimonio técnico irreal y la alteración de los balances en Filanbanco por parte de sus administradores, ocultaron la real situación de esa institución financiera y las pérdidas cortadas al 2 de diciembre de 1998.”

3.2.4.”Que El artículo 29 reformado de la Ley de Reordenamiento en Materia Económica en el Área Tributaria Financiera, en la parte pertinente, textualmente manda que: “En aquellos casos en que los administradores hayan declarado patrocinio técnico irreales, hayan alterado las cifras de sus balances o cobrado tasas de interés sobre interés, garantizarán con su patrimonio personal los depósitos de la institución financiera y la Agencia de Garantía de Deposito podrá incautar aquellos bienes que son de público conocimiento de propiedad de estos accionistas y transferirlos a un fideicomiso en garantía mientras se prueba su real propiedad, en cuyo caso pasarán a ser recursos de la Agencia de Garantía de Depósitos y durante este periodo se dispondrá su prohibición de enajenar”…

3.3. ACTO ILEGÍTIMO DE AUTORIDAD PÚBLICA:

De conformidad con lo dispuesto en la parte final del primer inciso del Artículo 95 de la Constitución Política del Estado, la Resolución No. AGD-UIO- GG- 2008-12, expedida por el Gerente General de la AGD, Dr. Carlos Bravo Macías constituye un claro y evidente acto ilegítimo de autoridad pública, por las razones siguientes:

3.3.1. El inciso cuarto del Artículo 22 de la Ley Reordenamiento en Materia Económica en el Área Tributario-Financiero establece:

“Las decisiones de la Agencia de Garantía de Depósitos AGD se tomarán por mayoría absoluta de votos, debiéndose contar con el voto favorable del Ministro de Economía y Finanzas para que exista resolución válida.”

En la especie, aunque la resolución en uno de sus antecedentes menciona que obra por Resolución del Directorio de la AGD, de fecha 04 de julio de 2008, en realidad esa resolución nunca fue firmada por el entonces Ministro de Economía y Finanzas, razón por la cual no es válida dicha resolución y el Gerente de la AGD actuó sin competencia al expedir la resolución No. AGD-UIO- GG- 2008-12.

3.3.2. El Artículo 29 de la Ley Reordenamiento en Materia Económica en el Área Tributario-Financiero solo fue y es aplicable a los Bancos declarados EN SANEAMIENTO , siendo que FILANBANCO S.A. JAMAS fue declarado en ese estado de saneamiento. En estos términos, dicho artículo no es aplicable a FILANBANCO S.A. , actualmente en Liquidación, en NINGUN CASO.

3.3.3. En el SUPUESTO de que FILANBANCO S.A. estuviera en estado de SANEAMIENTO , el citado artículo 29 NO PUEDE SER APLICADO a DEUDAS, como lo hace la Resolución que impugno , sino a tres casos , así:

“En aquellos casos en que los administradores hayan declarado patrimonios técnicos irreales, hayan alterado las cifras de sus balances o cobrado tasas de interés sobre interés, garantizarán con su patrimonio personal los depósitos de la institución financiera, y la Agencia de Garantía de Depósitos, podrá incautar aquellos bienes que son de público conocimiento de propiedad de estos accionistas y transferirlos a un fideicomiso en garantía mientras se prueba su real propiedad, en cuyo caso pasarán a ser recursos de la Agencia de Garantía de Depósitos y durante este período se dispondrá su prohibición de enajenar”

Lo primero es destacar que según el texto transcrito, no se puede incautar los bienes de TODOS LOS ACCIONISTAS sino únicamente de los ACCIONISTAS que hayan sido “ADMINISTRADORES.

3.3.4. El DIRECTORIO de la Agencia de Garantía De Depósitos NO TIENE COMPETENCIA para interpretar la Ley y otorgarle al artículo 29 citado mayor trascendencia o alcance que el que le asignó el LEGISLADOR. La Resolución impugnada mediante este Recurso, en su último considerando, manifiesta:

“Que la Resolución del Directorio……de 4 de Julio de 2008 dispone al Gerente General, en TODOS LOS CASOS QUE CORRESPONDA”, aplicar lo dispuesto en la precitada norma del artículo 29 de la Ley ……., a sabiendas de que solo corresponde a tres casos en la etapa de “saneamiento”.

3.3.5 El art. 29 citado solo se aplica a la vista de una declaración o alteración COMETIDOS por el administrador del Banco, ante un hecho evidente que conste de prueba DOCUMENTAL firmada por el Administrador del Banco, circunstancia que se no se registra .

3.3.6. La incautación contemplada en el Artículo 29 de la ley de Reordenamiento en Materia Económica fue introducida por el Artículo 4 de la Ley No.2002-60 de 28 de Enero de 2002. De acuerdo con su artículo final y demás principios generales del Derecho, entró en vigencia a partir de su publicación y regiría para el futuro, sin que jamás haya tenido efecto retroactivo, razón por la cual, no puede aplicársela ahora a situaciones anteriores, como es el 2 de diciembre de 1998 y por ello la actuación del Gerente General de la AGD es arbitraria e ilegal y por ello ilegítima.

En CONSECUENCIA Y EN CONCLUSION: el Gerente General de la AGD actúo sin competencia, fuera del campo de aplicación del Artículo 29 de la Ley de Reordenamiento Ibídem.

3.3.7. La supuestas pérdidas por US $661,5 millones provienen del informe de “procedimientos acordados” elaborado por Deloitte & Touche en 2001, que no constituye una AUDITORÍA. Esta misma empresa Auditora, en su numeral 4 de la Introducción , expresa:

“nuestro trabajo no constituye una auditoria o una revisión de estados financieros practicada de acuerdo con normas de auditoría y de revisión generalmente aceptadas, por lo tanto, no expresamos una opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros de Filanbanco S.A. y Filanbanco Trust & Banking Corp. a esa fecha ni a ninguna fecha”.

En otras palabras, el propio informe de Deloitte & Touche confiesa o admite que no ha CERTIFICADO o ACREDITADO una PÉRDIDA..En consecuencia, ese informe no es válido para establecer la REALIDAD FINANCIERA DE FILANBANCO S.A. Esa empresa se limita a realizar una PRESUNCION: PRESUME pérdidas al 2 de Diciembre de 1998, presumiendo que determinada LISTA de deudores, que no incluye a ningún administrador de FILANBANCO S.A. ni a miembro de la familia Isaías, no pagará una deuda que entre todos los enlistados totaliza $ 661,5 millones de dólares. De manera que el Gerente de la Agencia de Garantía de Depósitos AGD ni ninguna otra autoridad pudo legítimamente dar a este informe un valor probatorio que no tiene, porque ello simplemente constituye una arbitrariedad. Antes de que DELOITTE & TOUCH presentara ese informe en 2001, presumiendo pérdidas al 2 de Diciembre de 1998 , se habían realizado dos auditorias integrales ,realizadas en tiempo oportuno a petición de la administración pública del Filanbanco, por Arthur Andersen y Hansen Holm , que desvirtúan el informe de Deloitte & Touche.

3.3.8. La incautación contemplada en la ley en referencia tiene por finalidad hacer que los administradores garanticen con su patrimonio los depósitos realizados en el Banco. En la actualidad Filanbanco S.A. en Liquidación cuenta con activos por US $500 millones y sólo está pendiente por pagar a depositantes aproximadamente US $30 millones. Ello demuestra que la incautación que impugnamos no solo es arbitraria sino innecesaria porque NO SE REQUIERE INCAUTAR más bienes contando actualmente con bienes suficientes.

3.3.9. En consecuencia, el señor Gerente General de la AGD actuó sin competencia, en forma arbitraria , infringiendo el ordenamiento jurídico. Circunstancias indefectiblemente determinantes de la ilegitimidad del acto, puesto que a ellas se refiere expresamente el Artículo 4 vigente (sustituido por el Art.3 de la Res s/n R.O.559, de 19 de abril de 2002) de la Resolución sobre Interpretación y aplicación de la Ley de Control Constitucional, expedida por la Corte Suprema de Justicia, publicada en el Registro Oficial No.378, del 27 de julio de 2001, según la cual :

“ Un acto de autoridad es ilegítimo cuando ha sido dictado por una autoridad que no tiene competencia para ello, o sin observar los procedimientos previstos por el ordenamiento jurídico, o cuando su contenido es contrario a dicho ordenamiento, o ha sido dictado arbitrariamente, esto es, sin fundamento o motivación suficiente.”


4 . ACTO VIOLATORIO DE DERECHOS CONSTITUCIONALES:

La Resolución No. AGD-UIO- GG- 2008-12, expedida por el Gerente General de la AGD, Dr. Carlos Bravo Macías, infringe las disposiciones constitucionales siguientes:

4.1. Se infringe el Artículo 22 No. 26 de Constitución: “La seguridad jurídica”.

El Gerente General de la AGD no podía suscribir la Resolución No. AGD-UIO- GG- 2008-12, como lo ha hecho y he expresado anteriormente. Todo esto infringe claramente el derecho constitucional a la seguridad jurídica.

La Jurisprudencia Nacional, caso No.420-99-RA, del 28 de diciembre de 1999, Tribunal Constitucional, Segunda Sala:

“SEXTO: En efecto, como ha expresado Gustavo Ariel Kaufman en ‘La Seguridad Jurídica y el progreso Económico’, Editorial Normas, Buenos Aires, página 45. ‘ Cuando la experiencia le enseña al hombre que sus predicciones acerca de las consecuencias jurídicas de sus actos se cumplen con gran exactitud, y esa experiencia se confirma con el transcurso del tiempo, el hombre adquiere progresiva certeza acerca del cumplimiento de sus expectativas jurídicas, lo cual afianza su confianza en el sistema jurídico bajo el cual se desenvuelve su actividad económica, e incentiva su voluntad de trabajo, su ahorro e inversión dentro el circuito económico protegido por el sistema económico en el cual confía’, lo cual es precisamente uno de los fines perseguidos por la Constitución actual al haber elevado a la seguridad jurídica a la categoría de derecho fundamental, sin que tal ubicación agote la obligación del Estado de garantizar la seguridad por medio del Derecho, asegurando que los terceros no avasallarán derechos ajenos y que el Estado sancionará a quienes lo hagan ‘, como ha expresado Atilio Alterini en la ‘ Inseguridad Jurídica ‘, editorial Abeledo Perrot, Buenos Aires, 1993, página 25. De esta forma la seguridad jurídica se logra ya sea por la certidumbre del Derecho y por medio del Derecho. La seguridad jurídica, según la ha configurado el tribunal Constitucional Español, es la suma de una serie de factores, entre ellos la certeza y legalidad, jerarquía y publicidad normativa, irretroactividad de lo no favorable, interdicción de la arbitrariedad, los cuales se equilibran para promover, en el orden jurídico, la justicia y la igualdad en libertad. En la construcción del citado Tribunal se alude la confianza que los ciudadanos pueden tener en la observancia y el respeto de las situaciones derivadas de la aplicación de normas válidas y vigentes. (Sentencias 99/1987, 11 de junio y 147/1886, 25 de noviembre, citadas por Antonio Enrique Pérez Luño en la ‘ Seguridad Jurídica ‘, Ariel Derecho, Segunda Edición, Barcelona, 1994, páginas 40 y 41).”

El Tribunal Constitucional Alemán, ha señalado por su parte que:

“La libertad exige sobre todo confiabilidad del orden jurídico. Ya que libertad implica ante todo posibilidad de forjar su propia vida según proyectos personales. Una condición esencial para ello es que las circunstancias y factores pueden influenciar eficazmente la materialización de tales proyectos y su ejecución, en especial, la incidencia estatal sobre ello, puedan ser evaluadas confiablemente...”

El autor Atilio Alterini, en su obra, “La inseguridad jurídica”, la define como:

“La afirmación de la certeza y permanencia de las situaciones jurídicas. Para el autor la seguridad jurídica tiene tres acepciones: a) seguridad por medio del Derecho cuando el ordenamiento Jurídico garantiza que terceros no avasallarán derechos ajenos y que el Estado sancionará a quienes lo hagan; b) seguridad como certidumbre del Derecho que supone la existencia de normas jurídicas ciertas de las que resultan los derechos de los que es titular la persona y su consiguiente convicción acerca de que esos derechos serán respetados; y c) hay seguridad como estabilidad del Derecho cuando resulta de la existencia de un sistema legislativo debidamente ordenado, y que prevé el cumplimiento de determinados recaudos para modificar las normas jurídicas: el órgano que las dicta debe tener competencia suficiente y someterse al procedimiento reglado.”

4.2 . Se infringe el Artículo 23 No.27 Constitución: “El derecho al debido proceso”.

Todas las personas, incluso los señores Isaías y/o sus empresas tienen derecho al debido proceso. Y es el caso que desde hace años se tramita el juicio penal No.57-2000 ante el Presidente de la Corte Suprema de Justicia que se encuentra pendiente de resolución, en contra de Roberto y William Isaías y otros por peculado y alteración de balances. Dicha Corte es el único Juez competente para juzgar del balance cuestionado , y es ILÍCITA la intromisión del Gerente General de la A.G.D. ,siendo un organismo ADMINISTRATIVO , cuando se ha anticipado al pronunciamiento JUDICIAL para calificar el mismo hecho: La supuesta alteración del balance y fundamentar en esta arbitrariedad las incautaciones ordenadas. Es más: El Presidente de la Corte Suprema de Justicia pudo también ordenar la incautación de bienes, de haberla considerado procedente, sin haberlo hecho. Un órgano administrativo , como es la AGD , no puede DISPONER antes de la SENTENCIA JUDICIAL de bienes que están llamados a satisfacer los daños y perjuicios resultantes de la infracción .


4.3 .Se infringe el Artículo 24 No.1 de la Constitución: “A nadie puede aplicársele una sanción no prevista en la Ley o la Constitución”

En realidad, la Resolución No. AGD-UIO- GG- 2008-12, expedida por el Gerente General de la AGD, Dr. Carlos Bravo Macías establece una sanción por la sencilla razón, que pretenden aplicar la figura de la incautación introducida por el Artículo 4 de la Ley No.2002-60 de 28 de enero de 2002, a situaciones anteriores acaecidas en 1998, cuando dicha ley nunca ha tenido efecto retroactivo. Por esta razón, es indubitable que esta medida se constituye en una sanción no prevista en la Ley o la Constitución.

4.4.. Se infringe el Artículo 23 No.23 de la Constitución: “El derecho de propiedad en los términos que señala la ley”.

4.5. Porque la persona jurídica que represento administra un medio de comunicación, se ha infringido el Artículo 23 No.10 de la Constitución: “El derecho a la comunicación y a fundar medios de comunicación social.”

4.6. Se infringe el Artículo 23 No.16. “La libertad de empresa, con sujeción a la Ley.”

4.7. Se infringe el Artículo 24 No.7 Constitución: “Se presumirá la inocencia de toda persona cuya culpabilidad no se haya declarado mediante sentencia ejecutoriada”.

4.8. Se infringe el Artículo 24 No.11: “Ninguna persona podrá ser distraída de su juez competente ni juzgada por tribunales de excepción o por comisiones especiales que se creen para el efecto.”

4.9 . Se infringe el artículo 24 No. 1 de la Constitución: “Nadie podrá ser juzgado por un acto u omisión que al momento de cometerse no esté legalmente tipificado como infracción penal, administrativa o de otra naturaleza, ni se le aplicará una sanción no prevista en la Constitución o la Ley. Tampoco se podrá juzgar a una persona sino conforme a las leyes preexistentes, con observancia del trámite propio de cada procedimiento.”

5. DAÑO GRAVE E INMINENTE:

Por lo expuesto precedentemente, queda claro que la Resolución No. AGD-UIO- GG- 2008-12, expedida por el Gerente General de la AGD, Dr. Carlos Bravo Macías es ilegítima y contraviene expresas disposiciones legales y constitucionales; privando a mi representada de sus derechos constitucionales y a operar su Canal 10 de Televisión, con todas las consecuencias que de ello se derivan.

5.1 . Por tanto, es procedente que de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Estado y en la Ley de Control Constitucional, se adopten las medidas urgentes tendientes a cesar el acto ilegítimo, violatorio de la Constitución y gravemente dañino para el actor.

5.2. El señor Juez de lo Civil de Guayaquil, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47 de la Ley de Control Constitucional, es competente para conocer de este recurso de amparo constitucional, por ser el cantón y la ciudad de Guayaquil la principal y una de las tantas secciones territoriales en que produce sus efectos el acto ilegítimo, efectos que se extienden a todo el territorio nacional , y trascienden las fronteras nacionales.

5.3. Por último, Señor Juez, en ningún caso puede usted inhibirse y no son aplicables las normas procesales que se puedan oponer a la acción de amparo, ni las que tiendan a retardar su ágil despacho, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del Artículo 95 de la Constitución Política del Estado y el inciso final del Artículo 47 de la Ley de Control Constitucional.

V
PETICION

Por lo expuesto, y por los derechos que represento, solicito lo siguiente:

6.1 . Que en el auto de calificación se suspendan provisionalmente todos los efectos de la Resolución No. AGD-UIO- GG- 2008-12, expedida por el Gerente General de la AGD, Dr. Carlos Bravo Macías.

6.2. Que en definitiva, se conceda el Recurso de Amparo Constitucional y se suspendan definitivamente todos los efectos la Resolución No. AGD-UIO- GG- 2008-12, expedida por el Gerente General de la AGD, Dr. Carlos Bravo Macías y que , consecuentemente, se restituyan las cosas al estado anterior a la expedición y ejecución de la misma.

VI
DECLARACION JURAMENTADA

7. Declaro con juramento que no he presentado otro Recurso de Amparo Constitucional ante otro juez o tribunal, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57 de la Ley de Control Constitucional.

VIIPROCEDIMIENTO Y CUANTIA

8.1. El procedimiento para este Recurso de Amparo Constitucional es el especial, preferente y sumario establecido en el Artículo 95 de la Constitución Política del Estado y en los Artículos 46 a 58 de la Ley de Control Constitucional.

8.2. La cuantía es por su naturaleza indeterminada. El recurso está exento del pago de tasa judicial.

VIII
ACOMPAÑA DOCUMENTOS

9.1. Acompaño los documentos siguientes:

9.1.1 – Copia notariada de la resolución No. AGD-UIO-GG-2008-12 suscrita por el Gerente General de la Agencia de Garantía de Depósitos AGD, Dr. Carlos Bravo Macías, el 08 de julio de 2008.

9.1.2. Copia notariada del nombramiento del Gerente de Cadena Ecuatoriana de Televisión C.A. Canal 10 CETV.

9.1. 3. Auto Cabeza de Proceso del juicio penal No. 057-2000, que se sigue ante el Presidente de la Corte Suprema de Justicia.

IX
NOTIFICACIONES Y PATROCINADORES

10.1. – Al señor Gerente General de la Agencia de Garantías de Depósitos AGD, se lo notificará mediante una sola boleta en sus oficinas ubicadas en las calles República del Salvador y Portugal edificio AGD, planta baja, en la ciudad de Quito.

10.2. Al señor Procurador General del Estado, se lo notificará mediante una sola boleta, en la interpuesta persona del Delegado Distrital del Guayas, Dr. Antonio Pazmiño Icaza, en sus oficinas ubicadas en Av. Nueve de Octubre y Malecón, Edificio La Previsora, Piso 14, de esta ciudad de Guayaquil, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3 literal c) y Artículo 6 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado.

10.3. – Señalo como domicilio para las futuras notificaciones que me correspondan los Casilleros Judiciales 914 y No.734 de la Corte Superior de Guayaquil.

10 .4. – Designo como Abogados Autorizados al Dr. Jaime Damerval Martínez a quien autorizo para que suscriba con su sola firma cuantos escritos sean necesarios en esta causa.

Sírvase proveer.
Acompaño copias de ley.

p. Cadena Ecuatoriana de Televisión C.A. Canal 10 CETV






ABG. JORGE KRONFLE B. DR. JAIME DAMERVAL M.
GERENTE REG. PROF.: No.121.- C.A.G.

LA INCAUTACION DE BIENES DE LA FAMILIA ES ILEGAL Y ARBITRARIA

Abogados TC televisión dicen:

LA INCAUTACION DE BIENES DE LA FAMILIA ISAIAS ES ILEGAL Y ARBITRARIA

1. El articulo 29 que uso el gobierno como pretexto para la incautación no aplica por deudas sino por declaración de patrimonio técnicos irreales, alteración cifras de balances o por haber cobrado tasa de interés sobre interés, circunstancias por las cuales ninguno de nosotros ha sido condenado mediante una sentencia judicial ejecutoriada.
2. El articulo 29 empezó a regir el 28 de Enero del 2002 y no puede ser aplicado a hechos que ocurrieron en 1998. No existen leyes con efecto retroactivo.
3. El informe de Deloitte & Touche hecho en el 2001 que uso el gobierno como base para su acción, no es una auditoria ni una revisión de estados financieros y no es valido para establecer perdidas ni la realidad financiera de Filanbanco como propia Deloitte reconoce en su reporte.
4. Este informe de Deloitte & Touche hace una presunción de perdidas de $ 620 millones al 2 de Diciembre del 1998. De aquella fecha hasta hoy Filanbanco ha cobrado a su deudores cantidades de dineros que deben ser contabilizados a esta deuda. Estimamos que la deuda ya fue pagada por los clientes del Banco. Las autoridades deben presentar una auditoria de estas cobranzas.
5. Al no haber fundamentado legales para la acción del gobierno solo podemos entender estos actos como un atentado a la libertad de expresión usando a como chivo expiatorio a la familia Isaías. Iremos a todos tribunales competentes nacionales e internacionales para recuperar lo que nos esta siendo incautado ilegalmente.

7.08.2008

Reciente estudio revela:

Una encuesta realizada por un empresa privada

revela hoy importante información:



La incautación de TC le parece justa o injusta?

Justa 52% Injusta 48%



Considera la clausura de radio Sucre justa o injusta?

Justa 7% Injusta 76%



Cree que el gobierno está tomado control de los medios ?

Si 66% No 30% No sabe 4%

7.01.2008

Murió por inyectarse aceite en las nalgas!

La Salud ya es de todos.

6.30.2008

6.04.2008

PATITO FEO

Con fecha 29 de mayo de 2008, la Tercera Sala de la Corte Superior de Justicia de Quito Especializada de lo Penal, Colusorio y de Tránsito emitió la sentencia correspondiente al juicio 75-20, proceso penal que involucra al Calm. Guillermo Dueñas, como Gerente General y Representante Legal del Banco de los Andes, Dr. Nelson Xavier Izurieta Cruz, Ex Liquidador de Filanbanco S.A. en Liquidación, y el señor Pablo Nájera Álban, como Asesor General de Filanbanco en Liquidación.

En la sentencia se declara culpables a los anteriormente mencionados de los actos colusorios y se les impone la pena de seis meses se prisión correccional, se declara la nulidad del Acta de Mediación y Acuerdo Total, así como de todas las cesiones o transferencias de las acreencias no depositarias, derivadas de la mencionada Acta, realizadas por Filanbanco S.A. en Liquidación a favor de Banco de los Andes C.A., luego a favor del Calm. Guillermo Dueñas Iturralde y las compañías Invertid S.A. e Invalores C.A. y posteriormente a favor de AEROTAXIS DEL ECUADOR ATESA S.A. así como las cancelaciones de las obligaciones de esta última.

Se condena al pago de las costas, daños y perjuicios planteados.

El escrito se refiere al ACTA DE MEDIACIÓN Y ACUERDO TOTAL, firmada el 15 de junio de 2005, mediante la cual el Filanbanco S.A. se comprometía a registrar en su contabilidad una acreencia no depositaria, por $31’400.000 a favor del Banco de Andes por el supuesto pago de obligaciones que no existían en la realidad.

En otras palabras esta acta obligaba a Filanbanco S.A. a registrar en la contabilidad a favor del Banco de los Andes C.A. en base a un acuerdo doloso entre Dueñas e Izurieta, con lo que se perjudicó a Filanbanco S.A. en liquidación en beneficio exclusivo de Dueñas y de su abogado Dr. Nelson Xavier Izurieta.

El texto, en sus partes medulares expone “De tal suerte, que el presente acto colusorio existen las tres personas exigidas por la ley: Izurieta Cruz, y el Banco de los Andes como sujetos activos del delito y el tercero perjudicado el Filanbanco S.A. en liquidación” también que “a los pocos días del suscripción del acta, atendiendo la petición de Dueñas Iturralde, Filanbanco S.A. en Liquidación, procede a contabilizar las acreencias no depositarias a favor de su persona y de su familia a través de sus empresas Invertid S.A. e Invalores C.A. o no a favor del Banco de los Andes S.A….”.

La sentencia es categórica al afirmar “Es decir, son actos, con los cuales se perfecciona y completa el principal acto colusorio, mediante ellos se consuma el perjuicio económico al Estado Ecuatoriano, por intermedio del Filanbanco S.A. en Liquidación”.

PROPIEDAD PRIVADA, ¿PRIVADA?, 3


5.29.2008

PROPIEDAD PRIVADA, ¿PRIVADA?, 2

PRIVADOS DE PROPIEDAD PRIVADA QUEDARÁN LOS ECUATORIANOS SI PASA LA PROPUESTA DE LA MESA 7.

NO SÓLO CONTROL TOTAL SINO REDISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA... PERO ESTO, ¿NO DESAPARECIÓ -POR INEFICIENTE, INEQUITATIVO E INJUSTO- DE PAÍSES DE EUROPA DEL ESTE?

NO HAY DERECHO.

PROPIEDAD PRIVADA, ¿PRIVADA?

El Estado tendrá un poder sin límites sobre la economía

La Asamblea Constituyente empezó a discutir ayer el concepto de propiedad en la nueva Constitución. El debate fue intenso por parte de la oposición, que denunció que “la propiedad privada está en riesgo”. Esto fue desmentido por el oficialismo. Luego le tocará el turno a los 35 artículos del régimen económico, que le dan un giro a la economía hacia el estatismo, con un poder ilimitado del Ejecutivo sobre el mercado y la autonomía del sistema productivo.

Portada de diario Expreso de hoy. Tomado de http://expreso.ec/

Estado tendrá el control de la economía, no el mercado
35 artículos de la Mesa 7 cambian radicalmente el sistema actual
Redacción Guayaquil

La Mesa 7 de la Asamblea Nacional Constituyente tiene ya un molde de lo que será el rol del Estado en la economía, de la cual tendrá un control total. Se trata del título VI del Régimen de Desarrollo, que no entra aún a primer debate en el pleno de la Asamblea.

En lo medular, la propuesta es de un sistema económico “social y solidario”, que reconoce al ser humano como sujeto y como fin -esa fue la teoría del padre del materialismo histórico, Carlos Marx, que dio origen el comunismo-, pero a partir de ahí se derivan una serie de artículos que implican, a más de un control total por parte del Estado, una “redistribución de la riqueza”.

La propuesta implica además que la política monetaria, cambiaria, crediticia y financiera no solo tendrá como objetivo suministrar los medios de pagos necesarios para que opere el sistema económico, sino también el manejo de la liquidez, que permita “garantizar adecuados márgenes de seguridad financiera”.

El exceso de la liquidez “será canalizado hacia la inversión necesaria para el desarrollo del país”.

La Mesa 7 considera también que se garantizarán adecuados tipos de interés para el financiamiento de las actividades productivas.

Todos estos aspectos estarán bajo el control del Ejecutivo, pero su ejecutor será el Banco Central -como persona de derecho público-, cuyo funcionamiento será establecido a través de la ley, la que también regulará todo lo relacionado con la circulación de la moneda y su “poder liberatorio” en el territorio ecuatoriano.

El control del Estado es total: será su responsabilidad la provisión se servicios públicos de agua potable y riego, saneamiento ambiental, fuerza eléctrica, telecomunicaciones, vialidad, facilidades portuarias y otros que defina la ley.

Velará porque sus precios y tarifas sean equitativas. Para eso establecerá una regulación. (GLC)

Como lo publica diario Expreso en la página 3 de la edición de hoy, y en http://expreso.ec/html/actualidad2.asp

5.23.2008

¿CONTROL DE EXPRESIÓN Y LIBERTAD DE CENSURA?, 2

...Lo que sí recibió respaldo por parte del bloque oficialista fue evitar que los medios de comunicación sigan siendo monopolios, tal como lo denunciaron sus asambleístas Marcos Martínez y María José de Luca.

MONOPOLIO -DEL GRIEGO "MONO" = UNO Y "POLEIN" = "VENDER"- ES CUANDO UNA EMPRESA, INDUSTRIA ES LA ÚNICA QUE VENDE, OFERTA, OFRECE UN BIEN O SERVICIO.

¿PERO CON ECUAVISA, RTS, TELEAMAZONAS, TELERAMA GAMAVISIÓN, TC, Y CANAL 1 COMO OPCIONES NACIONALES NO HAY MÁS DE UNO? CONTEMOS... HAY 7 SEÑALES NACIONALES.

ADEMÁS, ¿QUÉ PASA CON LAS SEÑALES DE CABLE? ¿CN3, RTU? ¿QUÉ PASA CON LAS SEÑALES REGIONALES COMO MANAVISIÓN, TELECUENCA, UNCIÓN DE AZUAY, SISTEMA TV ORDOÑEZ DE CAÑAR, TV AUSTRAL, NORTVISIÓN DE CARCHI, TV SULTANA DE CHIMBORAZO, COLORTV DE COTOPAXI, OKTV DE EL ORO, OROVISIÓN, TELEDOS EN ESMERALDAS, ZARACAYTV DE PASTAZA, ECOVISIÓN DE SUCUMBIOS?

O SEA, HAY EN MI TELEVISOR MUCHAS -REPITO, MUCHAS- OPCIONES DÓNDE ESCOGER... O SEA, NO HAY MONOPOLIO.

Martínez afirmó que los medios tienen una vinculación directa con el poder económico y político, a más que su propiedad está en manos de pocas personas.


¿POCAS PERSONAS? ...¿Y LOS QUE CITÉ?

NO HAY DERECHO.

De Luca aseguró que una parte de los medios de comunicación están en manos de la familia Isaías.

COMO OTRA PARTE ESTÁ EN MANOS DE OTROS INVERSIONISTAS... Y OLVIDÓ MENCIONAR A SUS EMPLEADORES DE TELEAMAZONAS Y ECUAVISA.

NO HAY DERECHO.

¿CONTROL DE EXPRESIÓN Y LIBERTAD DE CENSURA?

MONTECRISTI, Manabí

... Durante el debate, que duró más de siete horas, un grupo de asambleístas del movimiento oficialista defendió la libertad como derecho fundamental de la expresión.

La propuesta relativa a los derechos de la comunicación, que incluye la creación y el fortalecimiento de medios de comunicación alternativos, el impedimento a la concentración y vinculación de la propiedad de los mismos, son parte de un anteproyecto de once artículos constitucionales que recibieron varias observaciones que deberán ser incluidas para el segundo y definitivo debate.

Asambleístas como María Paula Romo (PAIS), Paco Velasco (PAIS), León Roldós (RED), entre otros, rechazaron la posibilidad de que existan regulaciones a los contenidos de los medios por parte del Estado.

Al respecto, Velasco rechazó cualquier control al considerar que todos tienen plena libertad para expresar sus ideas, aunque sí solicitó una distribución equitativa del espectro radioeléctrico, que en los últimos años –según dijo– fue repartido en forma indiscriminada.

Lo que sí recibió respaldo por parte del bloque oficialista fue evitar que los medios de comunicación sigan siendo monopolios, tal como lo denunciaron sus asambleístas Marcos Martínez y María José de Luca.

Martínez afirmó que los medios tienen una vinculación directa con el poder económico y político, a más que su propiedad está en manos de pocas personas. De Luca aseguró que una parte de los medios de comunicación están en manos de la familia Isaías.

Durante el debate, Anabella Azín (Prian) dijo que el Estado no puede controlar el contenido de la publicidad y los programas educativos. A su juicio, esto puede ser peligroso, porque en muchos de los contenidos de la publicidad del actual Gobierno existe una intolerancia respecto de personas que no coinciden con su pensamiento.

Tras solicitar que se incluya dentro de la Constitución la garantía de una comunicación libre, Catalina Ayala (SP) hizo hincapié en el costo oneroso que implica montar un medio de comunicación, ya sea radio, prensa o televisión.


Tomado de http://www.eluniverso.com/2008/05/23/0001/8/1370C7D954E342168570811A6601CCBA.html

LIBERTAD DE EXPRESION Y FUTBOL, 2

CLARO, CON EL FÚTBOL... AHI SÍ. QUE LA TELE TRANSMITA EL PARTIDO DE LIGA PARA VERLO. LUEGO SEGUIRÁN HABLANDO DE CÓMO COARTAR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN O CÓMO DARLE MÁS PODER DE CENSURA AL GOBIERNO.

ENTRETANTO, QUE VIVA EL CANAL PRIVADO DE TELEVISIÓN Y SU TRANSMISIÓN AUSPICIADA POR EMPRESAS ANUNCIATES PRIVADAS.

NO HAY DERECHO.

LIBERTAD DE EXPRESION Y FUTBOL

El debate sobre los medios duró hasta cuando se inició el fútbol

Mayo 23, 2008
MONTECRISTI, Manabí

El debate duró más de siete horas en medio de críticas al paquete de artículos.

La Asamblea debatió los alcances de la comunicación. El tema volverá a tratarse la próxima semana.

Hasta minutos antes de que se inicie el partido de fútbol entre la Liga de Quito y San Lorenzo de Almagro duró la sesión del pleno de la Asamblea Constituyente, que ayer dedicó toda la jornada al tema de la comunicación.

Alberto Acosta dio por terminado el debate pasadas las 17:00, dijo que algunos asambleístas irían a trabajar en sus mesas y admitió, ante los gritos de una asambleísta que pedía infructuosamente la palabra, que otros irían a ver el fútbol. De hecho, un numeroso grupo lo hizo.

Hasta entonces la discusión se centró en la probabilidad de que el Estado ejerza control de contenidos de los medios de comunicación, propuesto por la mesa de Derechos Fundamentales de la Asamblea Constituyente, y que no fue apoyada por la mayoría de asambleístas, incluyendo un sector de Acuerdo PAIS. Miembros de los medios de comunicación, invitados por Acosta, pudieron observar, pero no participar.

Tomado de El Universo en http://www.eluniverso.com/2008/05/23/0001/8/1370C7D954E342168570811A6601CCBA.html

5.22.2008

QUE SEGURA LA SEGURIDAD DEL PRESIDENTE, 2

QUE SE ROBEN UN AUTO, YA NO ES NOTICIA.

QUE SE ROBEN EL AUTO DEL PRESIDENTE, ES NOTICIA.

QUE SE ROBEN EL AUTO DE LA ESCOLTA DE SEGURIDAD... ES EL COLMO.

ES QUE... NO HAY DERECHO...

QUE SEGURA LA SEGURIDAD DEL PRESIDENTE

Robaron carro de seguridad del Presidente
Xanderluv, Manta

Qué audacia de los delincuentes en Manta. Robarse un vehículo de la seguridad del Presidente de la República es el colmo.

El Ec. Rafael Correa visitó el lunes Manta y se reunió con algunos asambleístas. La escolta presidencial se fue a descansar en el hotel Panorama, ubicado en las calles 103 y avenida 105 de Tarqui. Dejaron estacionados sus vehículos, entre ellos un Chevrolet Luv, color azul, de placa MED-009, el cual era conducido por un militar.

Estos al bajar del lugar, después de dejar sus cosas, se llevaron la desagradable sorpresa. Solo estaba el puesto y menos el carro. De inmediato el caso fue denunciado a la Policía Judicial y a la Fiscalía.

En lo que va del mes, siete han sido los vehículos sustraídos por los delincuentes, al parecer el robo de automotores nuevamente ha repuntado en Manta.Hasta el momento no se sabe dónde está el automotor que daba seguridad al Jefe de Estado.

Tomado del EXTRA: http://www.extra.ec/noticias.asp?codigo=2008052215367

ORGASMO CONSTITUCIONAL, 2

SIN SER SEXISTA... SIN COMENTARIOS...

ORGASMO CONSTITUCIONAL




5.15.2008

BASURA HASTA EL CUELLO... ¿Y LOS RECOLECTORES?, 2

¿Y ESTÁN POR RENOVAR LOS CONTRATOS?

...NO HAY DERECHO.

BASURA HASTA EL CUELLO... ¿Y LOS RECOLECTORES?

La basura se acumula en muchas calles de la urbe
Los moradores acusan a Vachagnon por la irregularidad del servicio

Los moradores de sectores del norte, sur y suroeste de la ciudad continúan quejándose por la contaminación ambiental que se genera por las fallas en la recolección de basura de parte de Vachagnon.En la 26 y la K, sector en donde funcionan las escuelas fiscales Jorge Fernández Córdova y Shyri Cacha, dos cerros de basura se incrementan con el paso de las horas.

Bertha Franco, una vendedora de confites y bolos del sector, lamentó la situación y aseguró que por la zona son pocas las veces que se observa el paso de los carros recolectores.

Irma Muñiz, quien habita en la 25 y la I, se quejó de igual situación, lo que a su criterio, no solo genera olores pestilentes; sino que también se convierte en un foco permanente para la proliferación de moscas y ratas.

Freddy López, operador de un taller de reparación de lavadoras que funciona en las calles 29 y la N, área beneficiada con obras de regeneración, cuestionó el accionar de Vachagnon, empresa que no cumple con los horarios ni con las frecuencias establecidas por ellos mismos para la recolección.

En una de las esquinas de este transitado lugar, junto a las palmeras y restaurantes, la basura se acumula, a decir de López, hasta por cuatro días.

Para Juana de Camino y su esposo Eduardo, quienes habitan en la 20 y Alcedo, el problema se debe al irregular paso de los carros recolectores.“Ellos circulan por este lugar, el día y la hora que más les conviene, claro está, si es que pasan”, dijo doña Juana, quien insiste en que Vachagnon debe respetar los horarios y frecuencias establecidas para la recolección; o en su defecto, informar los nuevos horarios, en el caso de haberlos.

Horas más tarde, durante un breve recorrido efectuado ayer a las 16:00 por el Suburbio Oeste, se pudo determinar que en sectores como Gallegos Lara y Camilo Destruge, Bolivia y Abel Castillo, Aurora Estrada y Carchi permanecían cúmulos de desechos.

Igual situación se registró en el sur de la ciudad, especialmente en sectores del Guasmo Norte, a lo largo de la avenida Galo Plaza; así como también en la Mz. 7 de Urbasur.En el sector norte de Guayaquil, las áreas más afectadas por la acumulación de los desechos, son las avenidas Francisco de Orellana, en dos de sus tramos; Antonio Parra Velasco, a la altura de Sauces V; la vía Perimetral y la autopista Terminal Terrestre-Pascuales.

A estos lugares se suman además, Los Vergeles y Nuevos Geranios, en donde el lodo y los desechos invaden el área. Frente a esta situación, Mario Toapanta, morador de la urbanización Los Vergeles, teme que en el lugar se desate una epidemia, que afecte especialmente a los niños de la zona, quienes están expuestos a los insectos que pululan al interior de las viviendas.

Para conocer los motivos que Vachagnon pueda esgrimir sobre esta situación, la tarde de ayer intentamos tomar contacto telefónico con el economista Juan Carlos García, funcionario de Vachagnon; sin tener ninguna respuesta hasta el cierre de la edición. (HRB)

Tomado de http://www.expreso.ec/html/guayaquil3.asp

5.07.2008

ERRORES DE GESTIÓN, DINERO PERDIDO... ¿Y?, 2

EN LA MISMA NOTA DE EXPRESO, MÁS ADELANTE, DICE:

¿Petroecuador podrá recuperar esos recursos? Galo Chiriboga, ministro de Minas y Petróleos y ex presidente de la estatal, responde que sí, aunque no precisamente de la empresa aseguradora. “Las falencias que se tuvieron implican responsabilidades civiles, que los funcionarios que no cumplieron su tarea en el tiempo oportuno tendrán que repararlas”.


¿DINERO DE TODOS ES DINERO DE NADIE?

NÓTESE QUE SE PIERDEN 33 MILLONES DE DÓLARES PORQUE "FUNCIONARIOS NO CUMPLIEROS SU TAREA EN EL TIEMPO OPORTUNO..."

¿y QUÉ PASÓ CON ESOS FUNCIONARIOS? ¿QUIENES SON? ¿DÓNDE ESTÁN? DÓNDE ESTÁN LAS SANCIONES?

NO HAY DERECHO

ERRORES DE GESTIÓN, DINERO PERDIDO... ¿Y?

Negligencia. Petroproducción no ha podido recuperar los fondos públicos que destinó a la remediación de derrames en la Amazonía.

$ 33’000.000 no recuperados
Tres liquidaciones del seguro por derrames no han podido ser cobradas por problemas con la aseguradora.

Mario Avilés Sánchez
Redacción Guayaquil

El 7 de octubre de 2004 se produjo un derrame de petróleo en la línea de transferencia Tetete-Sucumbíos, muy cerca del río Ocano, en la Amazonía, hecho que fue notificado a la empresa de seguros Colonial, para los trámites pertinentes sobre la póliza por siniestros.

Luego de realizar la inspección del sitio, la aseguradora solicitó a Petroproducción el cierre del reclamo, en vista de que el costo del derrame no superaba el deducible de la póliza de responsabilidad civil ($ 2’500.000). El 21 de enero de 2005, la Filial aceptó ese pedido.

Pero una disposición, emitida ese mismo día por parte del entonces presidente ejecutivo de Petroecuador, Hugo Bonilla, para que se suspenda toda orden de trabajos de limpieza y remediación ambiental, ocasionó el agravamiento de ese derrame.

Tuvieron que transcurrir 16 meses para que Petroproducción encargue el reinicio de esas tareas a la empresa Ecuavital, por $ 12’732.758,06. En primera instancia, la Filial había contratado a la firma Alquiser, por $274.593,88.

En vista de los montos de esos gastos, el 3 de agosto de 2006, después de 19 meses de ocurrido el derrame, las autoridades de Petroproducción solicitaron a Colonial la reapertura del reclamo, lo que fue negado por la compañía de seguros. Esta arguyó que el agravamiento del siniestro fue de completa responsabilidad de la Filial.

Debido a los errores de gestión, Petroproducción no pudo recuperar un total de $13’025.614,95, que incluye el pago de $ 18.263 por indemnizaciones a colonos afectados.

Tomado de http://www.expreso.ec/html/actualidad1.asp

EMPLEOS TEMPORALES PARA TAPAR HUECOS ASAMBLEICOS, 2

COMO LA ASAMBLEA CREA DESEMPLEO EN EL SECTOR MINERO CON SU MANDATO, ¿EL GOBIERNO -CON EL DINERO DE TODOS- LOS RESTITUYE?

¿QUÉ TAL ANALIZAR MEJOR LOS IMPACTOS DE LAS DECISIONES DE MONTECRISTI... ANTES DE QUE SE TOMEN, PUBLIQUEN O IMPONGAN?

GRANDES EXPECTATIVAS TENIA EL ECUADOR POR POSIBLES INVERSIONES PRIVADAS EN EL SECTOR MINERO... NO HAY DERECHO.

EMPLEOS TEMPORALES PARA TAPAR HUECOS ASAMBLEICOS

El Gobierno ofrece empleos temporales al obrero minero
El Gobierno ofrece empleos temporales al obrero minero - El Comercio"


El Régimen alista un plan para hacer frente al Mandato que afecta a la minería. El presidente Rafael Correa pidió paciencia hasta que se elabore la nueva Ley.

Redacción Negocios y MachalaLa voz de más de 3 000 mineros que se concentraron desde las 09:00 de ayer, en la Plaza Grande, en Quito, tuvo eco en el Gobierno. Con globos verdes y portando camisetas con leyendas en contra del Mandato, mostraron su rechazo a la medida que paralizó las actividades de las mineras en etapa de exploración y que los dejó en el desempleo desde hace un mes.Las consignas a favor de la minería se mantuvieron desde las 09:00 hasta las 15:00. Las frases de rechazo estuvieron dirigidas a la Asamblea. Tras varias horas de espera, un grupo de mineros fue recibido por el subsecretario de Minas, José Serrano; y el ministro de la Política, Ricardo Patiño.

Tomado de http://www.elcomercio.com/noticiaEC.asp?id_noticia=190042&id_seccion=6